Activan solicitudes de revocatorio para Fernández y Camacho

Santa Cruz

La presidenta del Tribunal Electoral Departamental (TED) de Santa Cruz, María Claros, informó este jueves que se presentaron dos solicitudes de revocatorio para el alcalde Johnny Fernández y una para el gobernador Luis Fernando Camacho.

“Una solicitud fue presentada por el señor Leonardo Roca, de la agrupación ciudadana Nuevo Poder Ciudadano y hemos recibido la solicitud de otros cuatro ciudadanos que nos piden los requisitos para proceder a la revocatoria de la autoridad municipal, hablamos del señor alcalde Jhonny Fernández”, señaló Claros.

En el caso de Luis Fernando Camacho, la autoridad electoral explicó que la solicitud fue enviada por el diputado suplente del Movimiento Al Socialismo (MAS), Rolando Cuéllar.

“En primera instancia, (la solicitud fue presentada) por el diputado Rolando Cuéllar, que nos pide los requisitos para proceder a la revocatoria de la autoridad departamental, hablamos del gobernador Luis Fernando Camacho y en paralelo hemos recibido dos solicitudes que nos piden lo mismo, pero para la autoridad municipal”, manifestó Claros.

Según la Constitución Política del Estado las autoridades electas pueden ir a revocatorio al cumplir la mitad de su mandato a solicitud de cualquier ciudadano que haya participado de la elección.

Al momento existen esas tres solicitudes de revocatorio en el departamento de Santa Cruz, que podrían concretarse en noviembre de 2023.

Pero antes deben cumplirse diferentes requisitos exigidos por la ley electoral.

La presidenta del TED explicó que según señala la Constitución el referéndum revocatorio se puede solicitar una vez transcurran dos años y medio del mandato de las autoridades municipales o departamentales electas.

“Estos dos años se cumplirían en noviembre de 2023”, señaló Claros.

“Para poder revocar y llevar un proceso de revocatoria para una autoridad departamental se debe conseguir la firma y huella dactilar del 25% de ciudadanos y ciudadanas habilitados para votar dentro la jurisdicción departamental”, explicó Claros.

“Para la autoridad municipal se debe conseguir la adhesión del 30% de ciudadanos habilitados para votar dentro de la jurisdicción del municipal”, detalló. Agencias