La Paz
El jefe departamental del Ministerio de Trabajo en Santa Cruz, Richard Pilco, recordó a los empleadores que el aguinaldo de Navidad debe cancelarse hasta este 20 de diciembre, en dinero, y que el pago debe ser único.
“Se dan casos en que incluso la empresa quiere fraccionar el aguilando, quiere hacer firmar un acuerdo y eso es una forma de vulnerar la normativa laboral”, dijo.
“No existe otra normativa, aunque puede haber una suscripción de convenios con los trabajadores, en el tema de aguilando la ley no prevé ello, entonces sí o sí se debe pagar hasta el 20 de este mes”, reiteró.
Todas las empresas están obligadas al pago del aguinaldo de Navidad que está establecido en la ley del 18 de diciembre de 1944.
Esta es una obligación del empleador que ha tenido bajo su subordinación, por más de 91 días a ese trabajador, o en todo caso, que el desempeño de funciones sea indefinido.
En caso de incumplimiento, la empresa que hasta el 20 de diciembre no cancele el aguinaldo, está sujeta a una multa que es el recargo del 100%, ello quiere decir que deberá cancelar al trabajador otro aguinaldo más.
El plazo que tienen las empresas para presentar la constancia de haber hecho efectivo el aguinaldo es hasta el 30 de diciembre.
Asimismo, deben presentar las planillas a la oficina virtual de trámites del Ministerio de Trabajo.
La autoridad acotó que el trabajador que no haya recibido el aguinaldo de Navidad hasta el 20 de diciembre, al día siguiente podrá apersonarse a las jefaturas departamentales del Ministerio de Trabajo de todo el territorio boliviano o a las jefaturas regionales, para interponer la denuncia por ese incumplimiento.
El Ministerio de Trabajo realizará las verificaciones en esos establecimientos laborales para constatar si se ha realizado o no el pago.
“Nos entrevistaremos con los trabajadores u organizaciones sindicales para contrastar la denuncia con lo que diga la parte empleadora, con la finalidad que se cumpla la normativa laboral vigente y que ampara a los trabajadores”, señaló. Agencias