Bs 50 y 100 de multa para los que no usen el barbijo

Hace unos meses, se encuentra vigente el decreto municipal 159 que nadie hace cumplir, en el mismo se establece sanciones económicas para las personas que no usan el barbijo.
Algunos puntos del Decreto Municipal 159 son: El uso de barbijo es obligatorio para pasajeros y conductores de transporte público y privado, para peatones en vías públicas y para trabajadores de entidades públicas y privadas.
Los pasajeros que no utilicen barbijos que no utilicen barbijos deberán pagar una multa de 50 bolivianos la primera vez y 100 la segunda.
Asimismo, los operadores de este servicio deben contar con barbijo, alcohol para desinfección y proceder con la limpieza y desinfección de sus vehículos en el punto de origen y destino.
No pueden transportar personas paradas en los pasillos y deben contar con dispositivos de bioseguridad que minimicen su contacto con los pasajeros y velar por el distanciamiento de 1.5 metros.
De igual manera, – sus ventanas deben estar en buen funcionamiento.
Solo puede recoger pasajeros que utilicen barbijo y en las paradas correspondientes.
Queda prohibido el consumo de alimentos. Los pasajeros deben abordar con el pasaje fraccionado. El conductor debe portar un envase de alcohol para desinfección.
Adecuar los asientos con materiales impermeables y lavables.
Asimismo, el interior del vehículo debe tener señalización sobre las plazas habilitadas para sentarse, y otras informativas sobre la COVID-19.
Por otra parte, las motocicletas, quadra tracks, tricots o trimóvil serán usados solamente con fines laborales, solo con el conductor a bordo. Queda prohibido el transporte de pasajeros. Se espera que la gente continúe con las medidas de bioseguridad. Agencia