Caso estupro no podrá avanzar sin apoyo de la víctima

Aunque tres abogados consultados por Página Siete difieren en algunas cuestiones sobre la denuncia penal por estupro contra el expresidente Evo Morales, todos coinciden en una cosa: sin el apoyo de la víctima es casi imposible que el proceso prospere hasta llegar a una condena.

Los juristas advierten que el estupro está calificado por el Código de Procedimiento Penal (artículo 19) como “delito de acción pública a instancia de parte”. Es decir que alguien debe denunciar el hecho para que éste se investigue. En lo que difieren es en quién tiene la atribución para convertirse en esta “instancia de parte”.

Dos de los consultados señalan que en este caso en específico la instancia de parte debe ser la víctima. Un abogado sostiene que puede ser el Estado.

El expresidente del Colegio Nacional de Abogados  Arturo Yáñez explicó que no hay ley que especifique quién puede ser “la instancia de parte”, pero dijo que esta distinción para el delito de estupro se hizo para proteger el interés supremo de la víctima y evitar la revictimización.

En este sentido, enfatizó en que el Estado no puede anteponerse al interés de la víctima, la cual aparentemente no está interesada en impulsar un proceso de estupro contra Morales.

El artículo 17 del Código de Procedimiento Penal señala que la Fiscalía puede realizar una investigación en “acciones públicas a instancia de parte”, siempre que no se afecte el interés de la víctima. Según Yáñez, es este interés el que, en última instancia, debe prevalecer en este tipo de ilícitos.

A fines de agosto, el Ministerio de Justicia presentó una denuncia por estupro, abuso sexual y trata y tráfico contra Evo Morales, por supuesta relación con una menor de edad, que hoy en día tiene 19 años. Esta supuesta víctima en un principio dijo ser novia del expresidente, luego se retractó y todo apunta a que es poco probable que quiera impulsar un proceso penal, según los consultados.

Los delitos de abuso sexual y trata y tráfico son un asunto distinto (apoyo de la nota).

El presidente del Colegio de Abogados de La Paz, Israel Centellas, dijo que hay jurisprudencia para asegurar que la “instancia de parte” no sólo puede ser la víctima, sino también el Estado.

Además, se debe considerar que el delito supuestamente se cometió cuando ella era menor de edad, pero además puede que incluso hoy en día la supuesta víctima esté sufriendo presión de su agresor para evitar la denuncia, o que la familia de la joven haya sido y sea cómplice de lo ocurrido y del silencio que se mantuvo sobre el presunto hecho ilegal.

Es por esto, dijo Centellas, que la Fiscalía debe investigar todo lo que pueda para determinar qué ocurrió y qué puede estar pasando actualmente con esta jovencita. Lo que sí admitió es que si al final ella se niega a colaborar en las investigaciones, lo más probable es que se llegue a un sobreseimiento en favor de Morales, pues gran parte de la prueba sólo puede aportarla la muchacha.

Por último, el abogado de Morales, Wilfredo Chávez, afirmó que la “instancia de parte” sólo pueden ser la víctima o sus familiares. “¿Cómo la Fiscalía va a ir a buscar a la víctima para que denuncie? Esto es clara muestra de la persecución y la presión que existe por detrás para que se procese a una persona aún en contra de lo establecido en la ley”. Agencias