“Clínicas, hospitales y farmacias trabajan como buitres”

El Ministro Obras Públicas: “No vamos a permitir que clínicas, hospitales y farmacias trabajen como buitres” afirmo en duras declaraciones contra el abuso que se está cometiendo contra la ciudadanía  con el cobro de atención a pacientes con Covid-19 y con medicamentos que actualmente abrían incrementado su costo en un 500 por ciento.

En declaraciones a los medios de comunicación el Ministro declaro que no se quedaron con los brazos cruzados, donde no puede ser que las farmacias un medicamento que valía solo 1 peso hoy tenga que valer 5 pesos, además de que estos medicamentos tienen cero aranceles porque se ha quitado arancel cero y en las farmacias ese medicamento debería valer 1 peso o quizás menos pero lamentablemente está sucediendo todo lo contrario los hospitales, las clínicas estarían trabajando como buitres acto que no vamos a permitir.

El Decreto Supremo No. 4227, de 28 de abril de 2020, difirió a 0 el gravamen arancelario para la importación de insumos, medicamentos, dispositivos médicos y equipamiento para la atención de COVID-19 y otras enfermedades.

Se difiere a 0 el gravamen arancelario de insumos, medicamentos, dispositivos médicos y equipamiento para la atención del Coronavirus (COVID-19), diabetes tipo I y II, enfermedades renales, enfermedades cardiovasculares, enfermedades neurológicas y enfermedades oncológicas.

Los bienes antes mencionados pueden ser donados o adquiridos, de tal forma que el beneficio comprende operaciones realizadas en el marco de operaciones de donación o de compra venta internacional.

Se autoriza a la Aduana Nacional de Bolivia a gestionar despachos aduaneros en un plazo de 24 horas.

Las donaciones e importaciones liberadas de gravamen arancelario deben ser reportadas al Ministerio de Salud.

Se autoriza al Ministerio de Salud, proceda a la contratación directa de un seguro anual colectivo de invalidez total y permanente o muerte por el lapso de un (1) año, para profesionales y trabajadores en salud, contagiados por el COVID-19.

Los permisos de importación de los bienes comprendidos en el Decreto Supremo deberán ser extendidos en un plazo de dos días calendario. Agencias