La Defensoría del Pueblo considera que las circulares de la Autoridad de Fiscalización del Sistema Financiero (ASFI), respecto al pago de los diferimientos de los créditos bancarios y referidos a los clientes del mercado de seguros, favorecen a las Entidades de Intermediación Financiera (EIF) y restringen los derechos de los usuarios financieros.
“Debemos enfatizar que las medidas administrativas adoptadas por la ASFI contradicen evidentemente la Constitución Política del Estado, La Ley No 1294 y el Decreto Supremo No 4206, vulnerando en consecuencia los derechos de los usuarios de los servicios financieros”, indica la Defensora del Pueblo, Nadia Cruz.
La Defensora, solicita que la ASFI ejerza adecuadamente su función reguladora para controlar y fiscalizar al Sistema Financiero en coherencia con los derechos de los consumidores financieros, y de manera urgente emita una nueva Carta Circular en cumplimiento de la Ley Nº 1294 y del Decreto Supremo Nº 4206, determinando el diferimiento en el pago de prestaciones bancarias y consiguientes pagos de seguros una vez acabe la cuarentena, previo acuerdo con los consumidores financieros bajo las opciones que manda la misma Ley.
“La ASFI debe regular, controlar y fiscalizar a las EIF para que una vez acabe la cuarentena y durante los 6 meses, no sometan arbitrariamente a los prestatarios, bajo reglas ilegales, de manera tal que se pueda generar adecuadas