DS 4732 y el ‘permiso’ para comprar o vender inmuebles

En Entrevista con el programa De Primera Mano el Dr. Ronald Unzueta hablo del decreto supremo y las condiciones que se deben seguir por dicho DS «cual es la condición para regular esto, nosotros debemos de pedir permiso al ministerio de justicia, es decir el ministro de justicia nos debe extender una certificación en forma previa a la obtención de estos documentos, es decir si yo quiero vender mi propiedad o quiero firmar un contrato de preventa de mi propiedad, yo debo pedirle permiso al ministro de justicia para que él me extienda una certificación y encima volvemos a la burocracia, el artículo 4 nos da los parámetros para la certificación y son más de 18 requisitos (…) de ninguna manera nosotros podemos permitir que mediante estos decretos traten de regular nuestra propiedad» señaló Unzueta.
La norma que fue aprobada hace casi dos años, el 1 de junio de 2022, y está en vigencia desde esa época, tiene seis artículos y establece que todo contrato de compra y venta de un bien inmueble en todas sus modalidades debe tener un certificado emitido por el Viceministerio de Defensa del Consumidor, dependiente del Ministerio de Justicia, el mismo que dicho contrato no contiene “cláusulas abusivas”.
En su primer artículo, el Gobierno establece que aprobó este decreto de control y regulación en el marco de la “Ley 453 de 4 de diciembre de 2013, General de los Derechos de las Usuarias y los Usuarios y de las Consumidoras y los Consumidores”.
El segundo artículo puntualiza que el Decreto 4732 se aplica a todo contrato que tenga relación con la “venta futura, venta con reserva de propiedad u otras modalidades conocidas comúnmente como preventa, de un bien inmueble de cualquier tipo, incluidos lotes de terreno, viviendas, lotes de inhumación, parqueos, depósitos, tiendas y otros bienes inmuebles ofertados bajo tales modalidades”.
El artículo tercero establece que antes de suscribir un contrato en cualquiera de las modalidades que especifica el artículo 2, “deberán contar obligatoriamente con la certificación de no contener cláusulas abusivas emitidas por el gobierno». AGC