El 26 de junio de 2011, ante centenares de campesinos, el expresidente Evo Morales promulgó la Ley de Revolución Productiva Comunitaria Agropecuaria. La norma prohíbe la producción de transgénicos pero impulsa su importación. Hoy, nueve años después, cambió su discurso y acusó al actual Gobierno de que “ahora nos mata” con productos genéticamente modificados.
“En Bolivia, el gobierno de facto no tiene autoridad moral para decir que defiende la vida porque todas sus acciones han sido, hasta ahora, letales contra el pueblo: nos mata con bala, nos mata de hambre y ahora nos mata con transgénicos”, escribió Morales, este sábado, en su cuenta de Twitter.
Esa crítica es contraria a la ley que promulgó hace nueve años. La Ley 144, que tiene como principio garantizar la seguridad alimentaria, también legalizó el uso de transgénicos en el país, puesto que en el artículo 19, numeral cinco, expresa que “se establecerán disposiciones para el control de la producción, importación y comercialización de productos genéticamente modificados”, contrariamente a lo que señala la Constitución Política del Estado (CPE) en el artículo 408: «Se prohíbe la producción, importación y comercialización de transgénicos».
Asimismo, dispone que los productos transgénicos deberán estar debidamente identificados y el control estará a cargo de tres entidades. Así lo establece el artículo 15, numeral tres, que señala: “todo producto destinado al consumo humano de manera directa o indirecta, que sea, contenga o derive de organismos genéticamente modificados, obligatoriamente deberá estar debidamente identificado e indicar esta condición”.
Las tres entidades que se encargan de identificar (verificar el etiquetado) de todos los productos transgénicos que ingresen al país para su posterior comercialización son: El Servicio de Sanidad Agropecuaria e Inocuidad (SENASAG), el Instituto Nacional de Innovación Agropecuaria Forestal (INIAF) y el Comité de Bioseguridad.
Dicha Ley fue reglamentada mediante el Decreto Supremo N° 2452, del 15 de julio de 2015, que a la letra señala en el Artículo 2° «(Ámbito de aplicación) El presente Decreto Supremo es de aplicación obligatoria en todo el territorio del Estado Plurinacional de Bolivia para todos los alimentos producidos en el ámbito nacional o importados destinados al consumo humano de manera directa e indirecta que sea, contenga o derive de organismos genéticamente modificados», refiriéndose no sólo a los alimentos transgénicos importados sino también a los producidos en el país.
Previamente al Decreto, en abril de 2015, Morales habia señalado que la aprobación o no de producción y consumo de transgénicos estaba sujeta la suficiencia de la producción orgnánica: “Si bien los compañeros me dicen que por ley debo aprobar cero de transgénicos y cero de productos convencionales, ningún problema, usted garantíceme. Si me garantiza productos orgánicos para el pueblo, eliminamos”, dijo Morales.
La Ley 144 de Revolución Productiva Comunitaria Agropecuaria, lleva la firma de Morales y de cinco de sus ministros: Carlos Romero, Sacha Llorenti, Teresa Morales, Mabel Monje y Claudia Peña. La norma fue promulgada pese a la prohibición que establece la Constitución Política del Estado y las observaciones de algunas Organizaciones No Gubernamentales (ONG).
Fue promulgada en un acto que se realizó en el coliseo cerrado Julio Borelli de La Paz con la presencia de autoridades gubernamentales, dirigentes campesinos y delegaciones afiliadas a la Confederación Sindical Única de Trabajadores Campesinos de Bolivia (CSUTCB), que ese día celebró su 32 aniversario.
En el acto, Morales pidió a las organizaciones sociales garantizar “la seguridad alimentaria con soberanía” y reforzar el apoyo político a su Gobierno. El pedido también fue enviado a los empresarios, pues les recordó que la ley establece aranceles diferenciados para importación de maquinaria e insumos por el lapso de cinco años.
ANF