El director departamental de Educación Félix Zapata manifestó que al no existir la reglamentación del D.S. 4269, los colegios no pueden obligar a los padres de familia a acceder a las clases virtuales bajo amenazas de pérdida del año escolar, menos aún cuando no se dieron las evaluaciones del primer trimestre, señalando que no sería válido las pruebas hechas durante la cuarentena.
Zapata manifestó que ante la falta de una reglamentación clara para aplicar el Decreto Supremo sobre las nuevas modalidades de educación (virtual, a distancia y semipresencial), el avance realizado carece de legalidad y toda amenaza de pérdida de año está fuera de norma.
«Los padres de familia que están siendo presionados pueden elevar sus denuncias a la dirección departamental de educación», informó Zapata.
También aclaró que los avances de contenido aún no son legítimos en unidades educativas ya sean fiscales, de convenio o privadas.