El subdirector de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (FELCC), Juan José Donaire, informó que un hombre (gay) de 27 años de edad, fue detenido por pretender extorsionar a su pareja de 42 años y amenazarlo con difundir imágenes íntimas de ambos.
“Esta persona de 42 años fue amenazada por el de 27, con la divulgación de imágenes de contenido íntimo. A cambio de que no lo realice, el sujeto le pidió dinero”, indicó el jefe policial.
El Ministerio Público inició la investigación por el delito de pornografía, ya que el celular del hombre que pretendió extorsionarlo, se encontró videos y fotografías.
“Se está investigando si realmente hubo ese nivel de amenaza, a través de ambos públicos y más aún de contenidos explícitos (íntimos) de ambas personas”, subrayó el subdirector de la FELCC La Paz.
Se considera un delito no solo publicar imágenes intimas de mujeres y hombres, sino cualquier tipo de fotografías que la persona no haya dado su permiso para que sean divulgadas
Si bien no existe una norma específica que sancione la publicación de fotos íntimas en las redes sociales de mujeres de cualquier edad, estos son considerados delitos y, dependiendo del caso, son penalizados en el marco de las leyes 348 Contra la Violencia y la 263 Contra la Trata y Tráfico de Personas.
“Dependiendo de cómo se presenta el delito, subir las fotos para chantajear y recibir algo a cambio, en otras ocasiones por resentimiento del varón o mujer o simplemente por dañar la imagen de la persona, estas se adecuan a las tipificaciones enmarcadas en las leyes 348 y 263”, sostuvo Miranda a tiempo de agregar que también suele ser un camino para prostituir a las jóvenes.
Cuando sucede esto se incurre en el delito de pornografía, se sanciona a través del Código Penal y la Ley de Trata y Tráfico de Personas, o en su caso se tipifica como acoso sexual.