Los fines de semana, las personas únicamente podrán salir entre las 6 de la mañana y las 18:00 de la tarde en bicicleta o a pie – se prohíbe el uso de vehículos privados o públicos los sábados y domingos- y no podrán alejarse más de 500 metros de sus hogares.
Dentro de la flexibilización de la cuarentena, que arrancará el 1 de junio, el Gobierno dispuso permitir la realización de eventos religiosos y también la circulación de gente durante los fines de semana, aunque con algunas restricciones.
En el caso de la salida durante los fines de semana, las personas únicamente podrán salir entre las 6 de la mañana y las 18:00 de la tarde en bicicleta o a pie – se prohíbe el uso de vehículos privados o públicos los sábados y domingos- y no podrán alejarse más de 500 metros de sus hogares.
“Se prohíbe la circulación de vehículos los fines de semana, pero está permitido la circulación a pie o bicicleta en un radio de cinco cuadras, de6 de la mañana a 6 de la tarde”, aseveró la ministra de Comunicación, Isabel Fernández, en conferencia de prensa.
Por otro lado, la autoridad también dio a conocer que se determinó permitir la realización de eventos religiosos, siempre y cuando que los lugares donde se realicen estén al 30% de su capacidad y se cumplan con los protocolos de bioseguridad.
No obstante, Fernández aseveró que seguirán prohibidas las actividades de otros rubros, como los deportivos y culturales.
El Gobierno aprobó, la tarde de este jueves, el decreto que dispone la flexibilización de la cuarentena a partir de este 1 de junio y que establece que las personas podrán circular, de lunes a viernes, desde las 5 de la mañana hasta las 18:00 de la tarde, además de la reactivación de los sectores laborales en horario continuo.
En ese sentido, Fernández recordó también que las Gobernaciones y las Alcaldías tendrán autonomía para restringir o endurecer algunas medidas, de acuerdo a la evaluación que realicen de las distintas zonas, distritos, comunidades y hasta municipios.
“La condición de riesgo será determinada por Gobiernos departamentales y municipales en función de parámetros e epidemiológicos definidos por el Ministerio de Salud. Podrán encapsular barrios, zonas, comunidades, distritos y municipios (…) Los Gobiernos departamentales y municipales tienen la responsabilidad de normar todo lo que concierne la circulación de las personas para fines de abastecimiento y sistemas financieros”, acotó.
Asimismo, señaló que el Ministerio de Trabajo regulará los horarios de entrada y salidas de las empresas e instituciones públicas; y las Alcaldías deberán hacer lo mismo con las empresas municipales y privadas. Agencias