El artículo 60, que habla de la “infracción del jugador convocado a la selección nacional”, en su inciso 2 señala: “El jugador que fuere convocado por la FBF para integrar una selección nacional y provoque la insubordinación de sus compañeros para integrar el equipo o creare resistencia para presentarse a un encuentro deportivo será sancionado con la prohibición de ejercer cualquier actividad relacionada con el fútbol por un término de hasta dos años en la FBF. Adicionalmente, se le aplicará una multa de 15 salarios mínimos nacionales vigentes”.
Además, la norma señala que la sanción será comunicada a Conmebol y FIFA para la extensión y cumplimiento sea a nivel mundial.
El antiguo Código Disciplinario contemplaba sanciones sólo a la inasistencia a las convocatorias, con la suspensión de un año. Además, se contempla una multa al club al que pertenece el futbolista con 5 mil dólares por no cederlo. Agencias