El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) declaró inconstitucional la inhabilitación de Juan Evo Morales como candidato a senador. La sentencia da la razón al amparo constitucional interpuesto en contra de los miembros del Tribunal Supremo Electoral.
El TCP considera que se conculcaron los derechos del expresidente y jefe del masismo al impedir su participación en los comicios electorales de 2020.
Una Resolución Jurisdiccional dictada por el Tribunal Supremo Electoral consideró que el exmandatario no cumplía con los requisitos necesarios para integrar las listas de candidatos al Senado.
Además, considera que se incurrió en un daño y por tanto reconoce la «indemnización económica a favor del ciudadano Juan Evo Morales Ayma, a ser analizada y dispuesta, respectivamente, por la Sala Constitucional Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz».
El TSE determinó la inhabilitación de Morales como primer candidato a senador por el departamento de Cochabamba a las elecciones de 2020. Una demanda interpuesta por Carmen Eva Gonzales Lafuente, entonces Segunda Vicepresidenta de la Cámara de Senadores y Félix Fabián Espinoza Valencia, Asesor legal, consideraba que el exmandatario no cumplía los requisitos dispuestos por el órgano electoral para participar en las elecciones.
La sentencia, con fecha 7 de mayo de 2021, fue revelada por el abogado William Bascopé, quien calificó la decisión del Tribunal como una “grosería”, “absurdo”, “insultante” y un “aberración jurídica”.
Bascopé se declaró sorprendido con la decisión del TCP, porque en su experiencia el Tribunal Constitucional usualmente rechaza calificar la indemnización en casos de “ciudadanos de a pie”. Consideró que magistrados estarían buscando un favor político futuro, arrimándose a los poderosos.
Bascopé dijo que ahora se da cuenta por qué el TCP no quiere tocar la sentencia 084/2017 que, habilitado la reelección indefinida, porque habría magistrados estarían “jugando a favores políticos” para congraciarse.