La Paz aprueba ley que autoriza la reanudación de actividades de 07:00 a 17:00 en el municipio

Con siete votos a favor y una abstención, el Concejo Municipal de La Paz aprobó en las últimas horas la Ley Municipal Autonómica para la reactivación de actividades económicas durante la emergencia sanitaria nacional. Desde el lunes la sede de Gobierno flexibilizará su cuarentena y las labores se reanudarán de 07:00 a 17:00 de lunes a viernes.

El texto cuenta con 13 artículos, siete disposiciones finales y una disposición transitoria única, tiene por objeto establecer condiciones para la reactivación del funcionamiento de las actividades económicas de comercio y servicios en el municipio de La Paz, ante la emergencia sanitaria nacional declarada por el Covid-19.

“Así como se ha hecho la anterior semana con el sector de los restaurantes, se ha visto la necesidad de activar otro tipo de actividades económicas como, por ejemplo, las peluquerías, las ferreterías y otros establecimientos que no aglutinan una gran cantidad de personas y pueden abrir para la atención al público. Del 100 por ciento de actividades económicas del municipio de La Paz, solamente el 37 por ciento estaba funcionando, por eso es importante esta ley”, argumentó el concejal Isaac Fernández.

La disposición municipal establece que, para reactivar su funcionamiento, las actividades económicas de comercio y servicios deben cumplir el protocolo de bioseguridad, de acuerdo a la naturaleza del comercio realizado, el servicio prestado.

“El 5 por ciento de las actividades económicas, vale decir discotecas, gimnasios, lugares de esparcimiento como el Megacenter y otras, no podrán reactivarse en esta coyuntura y tendrán que esperar a que baje el nivel de contagio. Pero también existe el 63 por ciento de las actividades que pueden reactivarse y a esas actividades está dirigida esta ley que busca reactivar el aparato económico del municipio, pero precautelando la seguridad de los habitantes”, sostuvo la autoridad.

No podrán reactivar su funcionamiento los establecimientos de actividades económicas de recreación y entretenimiento, enseñanza, gimnasios, salas de internet, espacios deportivos, de expendio y/o consumo de bebidas alcohólicas, saunas, piscinas y cualquier otro que genere aglomeración de personas e implique alto riesgo de contagio. Agencias