Luis Arce «promulga» la Ley de Indulto para liberar reos

La Paz
El Gobierno publicó el decreto presidencial 5137 que autoriza a ciertos grupos de reos de todo el país acogerse a una amnistía para lo cual deben cumplir cinco condiciones; por otro lado, también hay cinco prohibiciones para aquellos que no pueden optar a este beneficio.
Podrán acogerse los reos varones mayores de 58 años y mujeres mayores de 55 años; asimismo, personas con discapacidad grave o muy grave; detenidos con enfermedades de insuficiencia renal en estado terminal, enfermedades oncológicas o que requieran atención en un nosocomio. En el caso de las mujeres, serán beneficiadas aquellas que estén en estado de gestación, o madres en periodo de lactancia.
Están excluidos del beneficio aquellos que se encuentren procesados cuyos delitos no admitan el indulto; las personas que encontrándose detenidas en algún penal hubieran cometido otro delito; el reincidente; aquel que ya se hubiera beneficiado con otros decretos de amnistía hace cinco años.
El decreto presidencial que fue elevada a rango de ley fue una de las normas tratadas en la polémica sesión del 6 de junio de 2024 y fue aprobada por la mayoría de los legisladores presentes. Esa sesión había sido declarada nula por el TCP y luego emitió otra resolución reconociendo en parte las leyes aprobadas en ese entonces.
El decreto presidencial que fue elevada a rango de ley fue una de las normas tratadas en la polémica sesión del 6 de junio de 2024 y fue aprobada por la mayoría de los legisladores presentes. Esa sesión había sido declarada nula por el TCP y luego emitió otra resolución reconociendo en parte las leyes aprobadas en ese entonces.
De acuerdo con la disposición final primera este decreto tendrá vigencia de un año y podrán acogerse las personas privadas de libertad que cumplan ciertos requisitos. El objetivo, según las autoridades es reducir el hacinamiento en las cárceles del país, aunque hasta el momento ninguna de las amnistías tuvo éxito. Agencias