“Manfred no puede volver a postularse en la alcaldía”

El abogado constitucionalista César Cabrera fue enfático al analizar en el programa El Avispero el alcance de la Sentencia Constitucional 0007/2025, que —según su interpretación— inhabilita a Manfred Reyes Villa para volver a postularse a la Alcaldía de Cochabamba.

“En coherencia con lo que yo acabo de explicar, la Sentencia 0007, quebrado 2025, dice que el señor Manfred Reyes Villa no puede, lamentablemente, aunque él quisiera, postularse nuevamente a la alcaldía, por una simple razón: si estamos entendiendo que esta sentencia computa por válidos los cargos electos anteriores a la vigencia de esta Constitución, naturalmente que los cochabambinos conocemos que el señor Manfred Reyes Villa creo que está en su cuarta o quinta elección”, explicó Cabrera.

El constitucionalista agregó que, de acuerdo con esta sentencia, el cómputo de mandatos incluye las gestiones previas a la Constitución de 2009, lo que cambia completamente el panorama electoral.

“Lo correcto es que, aplicando esta sentencia, lamentablemente no puede, porque se computa lo anterior a esta Constitución; incluso así lo dice la disposición transitoria de la actual Carta Magna”, sostuvo.

Cabrera recordó que el propio Reyes Villa ya buscó sortear esta limitación postulándose a la Presidencia, donde no tenía impedimento.

“Aclarando, no sería al mismo cargo, pero por ello mismo se postuló precisamente al cargo de presidente, donde no tenía impedimento. ¿Podría hacerlo al cargo de gobernador? Claro, fue una gestión que le daría una posibilidad más para postularse a gobernador, por ejemplo”, puntualizó. En cuanto a otras posibles candidaturas, Cabrera señaló que Reyes Villa podría postularse a otro tipo de cargo, pero no a la Alcaldía.

“¿Asambleísta o concejal? Creo que fue concejal en algún momento, en los inicios de su carrera política. Yo tengo mis reparos, sin embargo, pero esta es una postura propia mía, del sentido que se le da a esta sentencia”, añadió.

Finalmente, el constitucionalista subrayó que la Sentencia 0007/2025 tiene carácter vinculante y debe cumplirse sin interpretación política alguna.