Mas sanciones para Wilster y podría perder puntos por deudas

El tribunal de justicia deportiva sanciona a Wilstermann con una multa de 2.400 $ por insultos, amenazas y conducta agresiva del director jurídico Víctor Hugo Pérez a toda la terna de árbitros del partido (Wilstermann – Real Tomayapo).

Álvaro Campos juez central del partido, puso en su informe la conducta que tuvo Pérez y la sanción la oficializa el tribunal. El aviador tiene que pagar la sanción antes del próximo partido que se jugara en condición de local.

La dirección ejecutiva de la Federación Boliviana de Fútbol (FBF) ayer puso en conocimiento al Tribunal de Superior de Apelación (TSA) que el club Wilstermann incumplió la conminatoria de pago a cinco demandantes.

De acuerdo a la explicación de un jurista deportivo,  el procedimiento sería el siguiente: una vez que las conminatorias de pago incumplidas fueron devueltas al TSA, este tribunal deberá recibirlas para después solicitar a los demandantes una cuenta bancaria a la que el club pueda depositar la deuda en  cinco días.

Este plazo fatal empezará a correr desde el momento en el que se dé al club el número de las cuentas bancarias. Una vez pasen los cinco días y no se pague, se procederá a la quita de tres puntos, tal como indica el artículo 90 del Código Disciplinario.

“El club que obligado al pago de un monto económico como efecto de una norma reglamentaria, resolución de un Tribunal u órganos superiores de la FBF y sus miembros, o multa derivada de una sanción, no lo hiciere en el plazo y forma determinados, no obstante, el requerimiento recordatorio que pudiere hacer la instancia encargada de su ejecució, será sancionado por el Tribunal Superior de Disciplina Deportiva de la FBF, con la perdida de tres puntos de la tabla valorativa del campeonato en disputa o por disputarse, que no beneficiará a nadie, por una primera vez. La pérdida de seis puntos por el segundo requerimiento, y en caso de resistencia a estas conminatorias, se sancionará con la pérdida de categoría del ente infractor”, reza el artículo 90. Agencias