El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) consideró que la proclamación de Jeanine Añez como presidenta del Estado, el 12 de noviembre de 2019, no fue constitucional y que, por esa razón, no existió vacío de poder.
«El TCP sentenció que la denominada sucesión ipso facto sólo se aplica para la Presidencia del Estado, de acuerdo al artículo 169 de la Constitución Política del Estado (…) debiendo toda renuncia ser tratada y aceptada en el Pleno Camaral, aclarando que este reemplazo temporal no significa que el reemplazante se inviste (adjudica) el cargo de Presidente», se lee en el comunicado publicado esta tarde por el TCP.
En el documento se pronunció sobre el caso de la sucesión «ipso facto» de la diputada Margarita Fernández, quien en 2019 pidió ocupar la Presidencia de la Cámara de Diputados. El TCP señaló que este tipo de sucesión sólo es válido para el caso del Presidente del Estado.